Estrés térmico
¿Qué es el estrés térmico y por qué debemos de prestarle atención?
El Ministerio de Trabajo de Costa Rica define el estrés térmico por calor, como el resultado de la combinación de las condiciones ambientales del lugar en donde se trabaja (temperatura, humedad relativa y velocidad del viento), la actividad física que se realiza y el tipo de ropa que se viste. El estrés ocasionado por calor produce una sobrecarga térmica que puede llevar al trabajador a sufrir lesiones como: Insolación, sarpullidos, agotamiento y golpes de calor.
Es importante destacar qué, el estrés térmico por calor no es un efecto patológico, sino es la causa de diversos factores que se producen cuando se acumula calor excesivo en el cuerpo y qué, la gravedad de estos factores depende de la exposición o las condiciones bajo las cuales se encuentra trabajando cada persona. Las labores en las que regularmente la persona más se expone a estrés térmico por calor, son aquellas realizadas al aire libre, como la agricultura o la construcción, o bien, quienes trabajan en sitios cerrados sin las condiciones y los equipos adecuados.
Ahora bien, las medidas preventivas para evitar que un trabajador sufra estrés térmico existen, incluso, en Costa Rica desde al año 2015 se aprobó el reglamento para “La prevención y protección de las personas trabajadoras expuestas a estrés térmico por calor”, el cual dicta las regulaciones a las cuales debe de apegarse el patrono que contrate trabajadores para realizar labores al aire libre, entre las que destacan elementos clave como: Hidratación, sombra, descanso y protección.
El nivel de riesgo al que se expone una persona que trabaja al aire libre o con riesgo de estrés por calor, se mide en una escala del 1 al 4, y según la exposición a este riesgo, así debe de ser su protección y el equipo que requiere para realizar de manera segura sus funciones.
Riesgo nivel I: Exposición menor a 91.
“Es posible que la persona presente fatiga con exposiciones prolongadas y actividad física”.
Riesgo nivel II: Exposición igual a 91 y menor a 103.
“Posible insolación, calambres y agotamiento por exposición prolongada y actividad física”
Riesgo nivel III: Exposición igual a 103 y menor a 125.
“Probable insolación, calambres y agotamiento por exposición prolongada y actividad física”
Riesgo nivel IV: Igual o mayor a 125.
“Probabilidad alta de insolación, golpe de calor”
Fuente: MTSSCR
Los patronos están en la obligación de informar a sus trabajadores sobre los riesgos a los que se exponen al trabajar en condiciones de calor, así como las medidas preventivas ante la presencia de ciertos síntomas; por su parte, el trabajador también debe de comunicar en un tiempo prudencial la presencia de algún malestar mientras realiza su trabajo, así como el padecimiento de alguna enfermedad crónica o si se encuentra bajo tratamiento; esto debido a que es vital conocer todos los factores que pueden incrementar los riesgos existentes.
En este caso, podemos incluir como parte fundamental de la protección del trabajador el tipo de vestimenta a utilizar, siempre acorde a la función asignada, por ejemplo pantalón largo, camisas o camiseta de tela fresca manga larga, pero con protección UV, sombreros de ala ancha y el uso de bloqueadores que los protejan de la radiación solar.